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Ricardo Torija Diez (Global AirShots) |
Nuevo Plan Nacional de Seguridad (Se acabo) II |
Topic started
10-8-2009 00:28:09
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Amigos, copio y pego la nueva normativa:
prohibido hacer fotografías y grabaciones con cualquier medio dentro del recinto aeroportuario, salvo autorización expresa de la Autoridad aeroportuaria, en las siguientes zonas:
· Controles de accesos, independientemente del sistema utilizado y si está controlado con presencia de personal de seguridad o no: casetas, puertas, tornos, mostradores, controles, sistema de circuito cerrado de televisión...
· Controles de seguridad de pasajeros, tripulaciones y empleados.
· Zonas críticas de seguridad tales como: patios de carrillos, vías de servicio, y plataforma. Esta prohibición es específica para el personal con acreditación aeroportuaria que acceda a dichas zonas y que realice fotografías o grabaciones con cualquier medio en las que se muestren procedimientos, instalaciones, equipos, etc. que puedan comprometer la seguridad de la aviación.
Este apartado es de obligado cumplimiento para pasajeros y trabajadores del aeropuerto, estando exentos de esta prohibición:
· el personal de seguridad contratado por el aeropuerto exclusivamente para el desarrollo de sus funciones en el propio aeropuerto.
· los miembros del las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y
. aquellas personas que cuenten con la autorización expresa de la Autoridad competente y/o aeroportuaria.
Procedimiento a seguir en caso de incumplimiento:
· Trabajadores con acreditación aeroportuaria:
a) Las fotografías y grabaciones realizadas incumpliendo lo establecido en el apartado h) del punto 2.2.1 del capítulo 2 del presente programa nacional de seguridad, serán incautadas y retiradas por el personal de seguridad con el fin de recuperar las imágenes para su eliminación.
b) Posteriormente, se le entregará el material fotográfico una vez borradas las imágenes.
· A pasajeros y otro personal, visitas, etc:
a) Se le pedirá que borre inmediatamente y en presencia del personal de seguridad el material fotográfico.
b) Se le podrá retirar el material fotográfico si no se puede borrar y se le entregará una vez borrado.
Penalizaciones y Sanciones:
En el caso de trabajadores con acreditación aeroportuaria, se les podrá retirar la acreditación:
· de siete a treinta días si realiza una fotografía o grabación de video.
· de treinta días a retirada definitiva si realiza más de una fotografía o más de una grabación de video.
Tanto a pasajeros como a trabajadores se les podrá aplicar la ley 21/2003 de 7 de julio de Seguridad Aérea, al menos en los artículos:
· articulo 33 apartado 1 donde se expresa que los pasajeros y otros usuarios de los servicios aeronáuticos están obligados a cumplir con la diligencia debida las normas, reglas y condiciones de seguridad requeridas en cada actividad u operación aeronáutica.
· articulo 41 apartado 1 donde se expresa que los pasajeros están sujetos a cumplir las normas, reglas, medidas, y condiciones de seguridad en vigor tanto en aeronaves como en aeropuertos, aeródromos y demás instalaciones aeroportuarias.
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Jesús Moreno |
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Reply #1
10-8-2009 00:38:42
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Como trabajador del aeropuerto, si aplicaran eso estaríamos todos sin acreditación. Con la de fotos que nos sacamos trabajando...
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Carlos Alberto Valencia |
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Reply #2
10-8-2009 01:32:49
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Lo siento por lo que voy a decir pero............ VAYA PUTA MIERDA!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Tendremos que decir entonces ADIóS a estas grandes fotografías hechas desde plataforma por grandes artístas, y que tanto nos gustaban...
Buff, que rabia..
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Mateo Abadia |
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Reply #3
10-8-2009 02:15:12
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Fernando Ares Iglesias |
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Reply #4
10-8-2009 07:54:27
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Pero entonces que...?
Desde Fuera del recinto se puede seguir sacando fotos, no?
Lo digo por que la seguridad de Lavacolla se lo tiene muy creido y se piensasn que de la valla para fuera tambien tienen jurisdicción y a mas de uno tuve que explicarle en que consiste su curro y hasta donde su "jurisdicción".
Ricardo, los que somos de valla para fuera como yó, estamos bien entonces?
Un abrazo
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Víctor |
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Reply #5
10-8-2009 08:16:55
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Muy buena pregunta la de Fernando. Con respecto a las palabras de Carlos Alberto y Mateo decir que,,,,jamás esos tacos han sido tan acertados.
Hay que jorobarse.
Ah, tranquilos, hoy no hablaré de la familia Adams, así que tranquilizaos, sociatillas.
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Daniel Mendez Sanchez |
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Reply #6
10-8-2009 08:50:22
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Hola a todos,
os intento de explicar esta situacion en Frankfurt. Yo trabajo en rampa. Y las normativas dicen que, puedes ir a rampa solamente con una "orden de trabajo" es decir, que para el paseito para hacer fotos NO! Si pasara algo en rampa ( aciidente etc.) no llevas seguro de empresa. En si no se admite, pero tampoco se prohiben las fotos en rampa. Estuve hablando ayer con un senalero. Su comentario. Mientras que no hagas fotos de accidentes o estorbes a alguien haciendo su trabajo, puedes sacar la camara y hacer un par de fotos. Es decir, no sacar la silla y sentarte para pasar una horitas en rampa, con tu camara y un cubatita. ; - )
En si no es nada nuevo que oficialmente no se puedan hacer fotos en rampa. Que no se olvide que estamos hablando de una empresa! Creo que por ejemplo una empresa como Opel no admite tampoco fotos en la zona de produccion de automoviles. ; - ) La pregunta es como "tratan" esta normativa. Ya os digo, en FRA, mientras que no estorbes a nadie, no hay problema.
Saludos Daniel
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Jose M Gutierrez |
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Reply #7
10-8-2009 10:28:55
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Hola, Ricardo.
¿De donde has sacado esto? Dices que copias y pegas, pero ¿de donde? Mi estado actual es solamente precavido, porque he preguntado en muchos sitios y nadie sabe nada de nada. ¿Sabes donde se puede encontrar el "apartado h) del punto 2.2.1 del capítulo 2 del presente programa nacional de seguridad"?
De todas maneras, me permito un análisis de lo que nos has mostrado. A primera vista, parece que lo que está prohibido es hacer fotografías. No dice nada de hacer "pesca sin muerte"; o lo que es lo mismo, llevar tu cámara y apuntar aviones. El que tenga oídos para oir, que oiga. Parece que la prohibición hace hincapié en los patios de carros, accesos al aeropuerto y filtros. Bueno. Hasta ahora no he visto por ningún lado una foto de un patio de carros ni de un filtro. Y si un día hay una, seguramente que ni la abra. Y si se prohibe sacar fotos de estos puntos sensibles SOLAMENTE, aplaudo la idea el primero. No tengo ganas de que ningún imbécil ataque el sitio donde trabajo y haré lo posible por evitarlo. Queda lo de la plataforma. Bueno, luego añade que la prohibición es a los procedimientos, equipos y demás que afecten a la seguridad de la aviación. Este punto es el caballo de batalla, porque cualquiera puede ver que una foto de un avión no compromete la seguridad de nadie; pero tambien es verdad que te encuentras por ahí con cada sheriff... que a saber lo que se le pasa por la cabeza. Y además, tengo que preguntar a quien entienda que es eso de que te confisquen la cámara y que tiene eso de legal. Creo que cualquier cosa que te confisquen, para empezar, tiene que ir acompañado de un recibo. Y me gustaría saber que es exactamente eso de "incautar las fotografías". Resumiendo. Lo que quiero decir es que yo no me alarmaría... mucho.
Ahora que, por lo que veo, es una medida encaminada unicamente a que los que trabajan en un aeropuerto no saquen fotos. Aena en estado puro... Al pasajero, que no conocen de nada, se le regaña (si acaso); y al que trabaja allí que si que lo conocen de toda la vida, lo condenan al despido. Muy propio de Aena el cebarse con sus aliados.
Stil
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Pere Davesa |
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Reply #8
10-8-2009 13:42:55
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Buenas:
Decidme mal pensado...., pero tan tan importante es (no sé para quien) y que no se haya visto nunca antes lo que se pueda ver en dichas fotos ó grabaciones ??? O eso ó simplemente se acaban de sacar un as de la manga para tener "motivos oficiales" para meter más gente en el paro :-(
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Fernando Martínez García -AeroSpotters Melilla- |
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Reply #9
10-8-2009 14:38:41
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Este Nuevo Plan de Seguridad..... cuanto menos es una somerana gilipollez (y perdonad la grosería. ¿Seguridad comprometida por sacar una foto de un avión?, venga ya. Parece mas bien un pretexto para hehcar gente a la calle por la vía rápida. Que este me molesta a ver si lo pillamos con el movil haciendo una foto y a la calle sin más.
En cuanto a lo "borrar las fotos" o "incautar las imágenes", pues que quereis que os diga, que haga acto la Guardia Civil y mediante ORDEN JUDIAL, me pida la tarjeta de memoria o cámara, mientras tanto NO podrán tocar la cámara, Ni Guardia Civil, ni Seguridad Privada ni NADIE, (salvo claro esta alguno que quiera una denuncia por mi parte).
Siempre que se ha demandado de mi información acerca de lo que hago cerca de la cabecera o de la valla por parte de las autoridades he dado cuantas explicaciones me han solicitado sin poner ni un pero (y han sido muchas veces), pero nunca me han tocado la cámara ni intención de hacerlo.
Saludos y perdonad por el ladrillo.
Seguridad SI, abuso de autoridad y poder NO.
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Eliseo Vergara |
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Reply #10
10-8-2009 15:13:31
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Hola Ricardo:
Me uno a Stil en pedirte la fuente de ese documento. Como muy bien dice Fernando, hay en él algunas cosillas de más que dudosa legalidad...
Por cierto, ¿sabrá quien redactó ese documento, que las fotos borradas son perfectamente recuperables?.
Un saludo
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ignacio |
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Reply #11
10-8-2009 16:46:13
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Me uno a los anteriores Eliseo Vergara y Stil para pedir la fuente. Gracias
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Jose M Gutierrez |
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Reply #12
10-8-2009 17:02:13
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Hola de nuevo.
Si es el nuevo plan nacional de seguridad donde esta escrito esto, me temo que con lo que Ricardo nos ha dejado ver habrá que darse con un canto en los dientes; ya que según me han dicho, es un documento confidencial. Intentaré preguntar a las fuerzas del orden si saben algo de esto y de como se va a aplicar.
Stil
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Eliseo Vergara |
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Reply #13
10-8-2009 19:05:25
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Copio del Real Decreto 550/2006, de 5 de mayo, por el que se designa la autoridad competente responsable de la coordinación y seguimiento del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil y se determina la organización y funciones del Comité Nacional de Seguridad de la Aviación Civil.
================================================================== DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Aplicación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
El acceso indebido por persona no autorizada a la totalidad o partes del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil constituirá, en todo caso, un incumplimiento de las obligaciones primera y segunda del artículo 33 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. ==================================================================
De aquí se deduce que si hay personas no autorizadas para acceder al Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, es porque otras si estarán autorizadas, luego hace falta autorización para acceder a él.
Me parece muy plausible que Stil esté en lo cierto y estemos ante un documento confidencial.
Un saludo
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Ricardo Torija Diez (Global AirShots) |
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Reply #14
10-9-2009 00:50:29
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Más no puedo hacer, lo siento.
Coincido con todos vosotros que esto es una "gilipollez" pero yo no me fio un pelo de nadie, llevo años trabajando en el aeropuerto y en alguna ocasión he visto como gente perdia la acreditación de por vida, y es un palo muy duro, al que le gusta trabajar en el aeropuerto no le gusta ser "no grato".
¿Una foto puede ser motivo para hacer un atentado? mmmm...y la pregunta es ¿las fotos que salen en revistas no lo son?¿todas las que hay ya publicadas en plataformas de todo el mundo en internet no lo son? ¿el google earth no lo es?.
No sé, estoy un poco perdido.
UN SALUDO. Ricardo Torija Diez.
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Quebec83 |
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Reply #15
10-9-2009 21:04:03
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Ya habia escuchado esta noticia por el trabajo, y la verdad es que es una auténtica putada! Desde siempre he sacado fotos a todos los aviones en rampa, y interiores de ellos, excepto los isrealitas (ya se sabe como son) y el interior de la Singapore, por orden del representante en BCN y ya que lo conozco desde siempre, pues no quería ponerle en un compromiso. Lo de las fotos es una auténtica tontera, pq si es para estar más seguros, pues bien, yo soy terrorista y no saco ninguna foto, me compro un billete, me voy 6 horas antes de la salida del avión, y me pongo a investigar cada punto de la terminal y todos los aviones que se pueden ver tranquilamente desde la terminal.
1 foto retirada de una semana la tarjeta, 2 fotos puede ser hasta retirada definitiva, y no poder ir a trabajar más, pues si que está bien esto, despedido por hacer 2 fotos, a cualquiera que se lo diga se rie en mi cara y luego fijo que me hace una foto.
Yo de momento dejo la cámara en casa, pero intentaré informarme de como queda el tema, y en cuanto lo vea claro, cogeré de nuevo la cámara.
Como se aburren algunos para sacar estas leyes!
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Miguel Ángel González Espinosa |
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Reply #16
10-10-2009 00:26:30
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Con la de cosas "curiosas" que se ven dentro de un aeropuerto, y ahora un tío plantao delante de un 737 con una compacta viene a resultar un peligro... En fin, NO lo entiendo...
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Jordi Corts Contín |
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Reply #17
10-10-2009 11:48:49
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Es impresionante la doble moral de este país de pandereta!! Resulta que si PAGAS, aquello que te prohibían por ser peligroso, ya no lo es tanto... Hace años, cuando se oían rumores de que el A380 vendría a BCn, perí una autorización a AENA y me pidieron 900 € (quizás es mucho más de lo que realmente pedían, pues de eso hace 3 o 4 años y no tengo el email dónde me detallaban el precio).
Ningún sentido! Sólo afán recaudatorio (como otras muchas cosas)...
En otros países (UK, creo) la policia reparte panfletos a los spotters para que avisen en caso de ver actividad anómala... Allí son bien vistos, mientras que aquí somos poco más que terroristas!
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Replied by
Adrián Chapela Cordeiro - Gallaecia Spotters |
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Reply #18
10-10-2009 22:43:10
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Y yo como pasajero tengo que cumplir una norma o ley que es confidencial y a la cual no puedo tener acceso ?
Eso me suena a que es ilegal.
Yo no entiendo nada de esto, pero parece que son normas de empresa y no una ley, no se...
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