Enviado por
Victor De Lucas

Spanair ultima un acuerdo con Qatar Airways

 Fecha y hora de inicio
 
27/10/2011 12:40:53
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http://www.elpais.com/articulo/economia/...rways/elpepieco/20111027elpepieco_15/Tes
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Respondido por
José María Rebés

 Respuesta 12
 
27/10/2011 23:00:35

Andrés y Ovidio: evitad personalizaciones, por favor. Para aclarar el tema sin personalizar:

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En primer lugar, tenemos que definir qué es una subvención. En los textos legales se define de diversas formas:

El concepto "subvención" aparece definido en la Ley General Presupuestaria 11/1977, de 4 de enero, bajo la rúbrica "ayudas y subvenciones públicas" como:

"Toda disposición gratuita de fondos realizada por el Estado o sus organismos autónomos a favor de personas o entidades públicas o privadas, para fomentar una actividad de utilidad o interés social o para promover la consecución de un fin público"

Por otra parte la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, en su art. 81.2 considera subvenciones:

"A cualquier tipo de ayuda que se otorgue con cargo al Presupuesto del estado o de su Organismos Autonómicos y a las subvenciones o ayudas financiadas, en todo o en parte, con los fondos de la Comunidad Económica Europea"

Así mismo el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, que regula el procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, se establece en su art. 1.2:

"El presente reglamento resulta de aplicación a toda disposición gratuita de fondos públicos realizada a favor de personas o entidades públicas o privadas, para fomentar una actividad de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de un fin público, así como cualquier tipo de ayuda que se otorgue con cargo al Presupuesto del Estado o de las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado."

El Tribunal de justicia de las Comunidades Europeas en su Sentencia de 27 de marzo de 1980, definió las ayudas como:

"Las decisiones de los Estados miembros por las que estos últimos, para alcanzar objetivos económicos y sociales que le son propios, ponen, mediante decisiones unilaterales y autónomas a disposición de las empresas o de otros sujetos de derecho, recursos procurándoles ventajas destinadas a favorecer la realización de los objetivos económicos o sociales perseguidos".

En toda subvención se produce una atribución patrimonial a través de un acto dispositivo de la administración (concesión de la subvención solicitada) reportando un beneficio económico para el particular o empresa.

De modo que lo que caracteriza a las subvenciones consiste en la entrega de una suma de dinero a fondo perdido o sin contraprestación, siempre dentro de los límites presupuestarios, respondiendo a un interés público y concedida con carácter discrecional (es decir es la propia administración a la vista de los expedientes presentados, es quien decide que proyectos se subvencionan y en que cuantía.).

La concesión de subvenciones públicas se regula por la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

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http://canales.lasprovincias.es/subvenciones/preguntas2.htm

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Si la Generalitat tiene acciones de una empresa privada entonces no la subvenciona, sino que, como cualquier otro accionista, espero un retroceso incrementado de su inversión.

Creo que se pueden exponer los temas sin llegar a personalizar, yo al menos lo he hecho y os convido a ambos a hacerlo igualmente.

Saludos,

José María
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Modificado el 27/10/2011 23:01:40



Respondido por
Guillermo Vidal

 Respuesta 15
 
31/10/2011 12:27:10

Buenas,

En una noticia de Avion Revue que apareció en AC, se decía que Spanair recibiría 4 A330 de Qatar Airways y a cambio de esto, Qatar tendría un contacto europeo que les facilitaría las conexiones desde Doha a Sud América en el aeropuerto de Barcelona-El Prat, por lo que harían escala en Barcelona.
Veo que no se ha comentado esto pero yo creo que es una fantástica noticia si se acaba firmando el contrato.
Probablemente Spanair, como no ha renovado el código compartido con Singapore Airlines para el vuelo a Sao Paulo (pero el código compartido para el vuelo a Singapur sigue vigente), haría el vuelo con su propio avión (supongo que con el A330 que Qatar le proporcionaría). Uno de los destinos que se rumorean sería Tokio.

Saludos!

PD: esta noticia estará ampliada en el próximo número de Avion Revue (Noviembre).
























Respondido por
José María Rebés

 Respuesta 39
 
18/11/2011 16:06:23

Publica hoy Europa-Press que:

BARCELONA, 18 Nov. (EUROPA PRESS) -

Spanair no contempla cambiar de nombre con la entrada de un socio industrial, previsiblemente Qatar Airways, porque actualmente "existen otras prioridades", han explicado a Europa Press fuentes de la aerolínea presidida por Ferran Soriano.

La propuesta de Qatar sería la de cambiar el nombre de Spanair por el de Barcelona Airways, algo a lo que se oponen los accionistas de Spanair por el coste que supondría, según publica este viernes 'El Periódico'.

La aerolínea presidida por Ferran Soriano sigue a la espera de firmar un acuerdo con un socio industrial, algo que podría materializarse en las próximas semanas, que le permita operar vuelos intercontinentales, para lo que necesita una aportación de 150 millones de euros.

Qatar Airways estaría negociando alcanzar hasta el 49% del capital de la aerolínea catalana, el máximo que permite la legislación europea a socios no comunitarios.

De materializarse el acuerdo, la aerolínea árabe podría conectar Asia, Europa y Latinoamérica utilizando como base de conexiones el Aeropuerto de Barcelona.


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